El criterio de devengo es uno de los principios que se pueden aplicar en la forma de declarar y pagar los importes relacionados con las facturas. Principalmente afecta al momento y el modo de pagar el IVA de los productos o servicios prestados a los clientes.

¿Qué significa devengo y devengar?

El devengo hace referencia al hecho imponible que genera la obligación tributaria. Por ejemplo, en el caso de la venta de un producto se devenga el IVA en el momento en que se realiza la venta.

Por lo tanto, devengar es el derecho que adquiere alguien a recibir una cantidad de dinero por un trabajo o servicio.

¿Qué es el criterio de devengo?

Los criterios (de devengo y de caja) son las distintas maneras que establece la norma para declarar y pagar los impuestos correspondientes a cada factura, tanto de ingreso como de gasto.

El criterio de devengo establece que el período para declarar los datos de facturación coincide con el del período fiscal en el que se producen. Una vez vendido el producto o prestado el servicio se declara la factura, independientemente de si se ha cobrado o no.

Características del criterio de devengo

Como hemos dicho, las facturas se devengan en el momento en el que se emiten.

Esto genera un problema cuando la factura aún no se ha cobrado. Para el emisor de la factura se genera la obligación de pago del IVA que aún no ha ingresado y, por otro lado, el cliente se deduce un gasto que aún no ha pagado.


¿Qué es el criterio de Caja?

El criterio de caja en el IVA funciona justo al contrario que el principio de devengo. Es decir, con este criterio se devengan las facturas en el momento que se pagan o cobran en lugar de cuando se emiten.

Es un régimen voluntario y aplicable para todo empresario o profesional y cualquier actividad, con excepciones. Para acogerse es necesario cumplir los siguientes requisitos:

• No superar los 2 millones de euros de facturación al año.

• No superar los 100.000 euros de cobro al año al mismo cliente.

• Que la facturación no sea intracomunitaria.

• Que no sean operaciones incluidas en otro régimen especial de IVA, como el agrícola.

• Declarar las facturas pagadas en un plazo máximo de 4 años.

• Una factura que no haya sido pagada debe declararse antes del 31 de diciembre del año siguiente a su recepción.

• Si se pasa al criterio de devengo no se puede volver al criterio de caja hasta que pasen 3 años.


Inconvenientes del criterio de Caja

Aunque para algunas actividades o profesionales pueda ser una buena opción acogerse al criterio de caja, también cuenta con ciertas particularidades que pueden ser negativas:
• Complejidad administrativa. Las diferencias con el criterio de devengo hacen que sea necesario cierto conocimiento sobre el régimen fiscal. Además, los software de facturación trabajan con la fecha de devengo, por lo que resulta difícil la presentación de impuestos de forma automatizada.

• No es posible deducir la factura hasta que esté totalmente pagada. Empresas con clientes fuertes pueden ser presionadas para no acogerse al criterio de caja.

• Necesidad de facilitar más información a la Agencia Tributaria sobre su empresa y los clientes. Los receptores de estas facturas tendrán que dar sus datos por lo que preferirán proveedores no acogidos a este sistema.

Es por estos motivos que la mayoría de las empresas optan por quedarse con el criterio de devengo: por su sencillez a la hora de aplicarlo y para evitar ser rechazados por algunos clientes.